Apoyo Gubernamental, Ley De Reparacion De Victimas Y Restitucion De Tierras.

Es importante mencionar la relación que ha tenido el estado colombiano frente a esta problemática el cual básicamente tan solo dos normas que contribuyen a la solución de este acto de violencia; podremos así separarlo en dos grupos, uno de prevención y otro de contribución en el primer caso encontraremos el Art 1° de la ley 387 de la constitución política el cual menciona lo siguiente: Es desplazada toda persona que se ha visto forzada a migrar dentro del territorio nacional abandonando su localidad de residencia o actividades económicas habituales, porque su vida, su integridad física, su seguridad o libertad personales han sido vulneradas o se encuentran directamente amenazadas, con ocasión de cualquiera de las siguientes situaciones: conflicto armado interno, disturbios y tensiones interiores, violencia generalizada, violaciones masivas de los derechos humanos, infracciones al derecho internacional humanitario u otras circunstancias emanadas de las situaciones anteriores que puedan alterar o alteren drásticamente el orden público”.

En el segundo caso, de contribución y ayuda a las victimas del conflicto armado encontraremos “La Ley De Victimas Y La restitución de Tierras” el cual consiste básicamente como su nombre lo indica en devolver las tierras arrebatadas por causa del conflicto armado a quienes injustamente fueron victimas de la violencia, “La Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones que presentamos hoy, es sin duda el resultado de la discusión rigurosa y democrática en el trámite en el Congreso de la República, y producto del consenso entre el Gobierno Nacional, diversos sectores políticos y la sociedad civil.” (10)


10)      Cartilla ministerio de protección y de justicia 2011 pág. 7

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